Los cuatro artículos

Polémica con el Ministro de Interior sobre los cuatro artículos de 1682

La Declaración de los cuatro artículos redactada por Bossuet fue adoptada en 1682 por la Asamblea extraordinaria del clero de Francia. Esta Declaración definía las “libertades de la Iglesia galicana” según las cuales :

a.- El Soberano Pontífice sólo tiene una autoridad espiritual. Los príncipes no están sometidos a la autoridad de la Iglesia en los asuntos temporales.

b.- El alcance de los poderes pontificales se rige por los cánones de la Iglesia, pero junto a éstos, se deben mantener los principios y costumbres de la Iglesia galicana que existen desde siempre.

c.- La autoridad del Papa está limitada por los Concilios generales.

d.- En cuestiones dogmáticas, el Papa sólo es infalible con el consentimiento de la Iglesia universal. ( cf. de Wikipedia)


Esta declaración se puede considerar la Carta de los principios del “galicanismo”.

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